En el marco de los objetivos de Desarrollo Sostenible 2030 de las Naciones Unidas, se ha publicado la Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid, que consta de 250 artículos distribuidos en cuatro libros, y cuyos objetivos son:
1) Incrementar la seguridad vial y la necesaria, ordenada y respetuosa convivencia entre los distintos modos de transporte.
2) La protección de la salud de las personas a través de la mejora sustancial de la calidad del aire, desarrollando jurídicamente el Plan A de Calidad del Aire y Cambio Climático.
3) Incidir en la sostenibilidad medioambiental mediante el fomento del transporte público y la intermodalidad de transporte público colectivo, la movilidad peatonal y ciclista, el desarrollo de la movilidad eléctrica y la movilidad menos contaminante y los vehículos de uso compartido.
4) Armonizar y ordenar los distintos usos de las vías y espacios públicos urbanos y la racionalización del espacio de estacionamiento tanto en superficie como de los aparcamientos municipales.
5) Modernizar la normativa municipal mediante la regulación de nuevas realidades como los vehículos de movilidad urbana.
Entre las principales novedades de la Ordenanza, destacan las siguientes:
1) Reduce la velocidad a la que pueden circular los vehículos en la mayor parte de las calles a 30 kilómetros por hora.
2) Permite que las bicicletas puedan girar a la derecha en los semáforos en rojo siempre y cuando señalicen la maniobra.
3) Prohíbe a las motos aparcar en aceras de menos de tres metros de ancho ni cerca de los pasos de peatones.
La nueva normativa de movilidad del Ayuntamiento de Madrid, que sustituye a la anterior -vigente desde 2005-, entra en vigor el miércoles 24 de octubre.
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