Las mencionadas listas existen desde los años 90, cuando la Unión Europea reconoció la posibilidad de oponerse a los tratamientos de datos de carácter personal.
Con la entrada en vigor de del Reglamento General de Protección de Datos, hay ciertas novedades que afectan directamente a los protocolos de actuación en relación con las listas.
En general, el Reglamento ha incrementado los estándares del marco regulatorio de la protección de datos. Establece la necesidad de las empresas de recabar consentimiento de forma expresa al interesado para el tratamiento de datos por lo que, si no se ha manifestado consentimiento expreso, la empresa no podrá enviar comunicaciones comerciales.
Además, también se ha incluido derechos que el interesado puede invocar frente al responsable del tratamiento, como puede ser el derecho al olvido y el de portabilidad, creando situaciones jurídicas nuevas.
De esta manera, las empresas que quieras hacer comunicaciones comerciales previamente tendrán que realizar consultas a las listas Robinson y adaptarlas a la nueva realidad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario