La norma, publicada el 25 de agosto, entró en vigor al día siguiente y establece la prohibición de que en el Valle de los Caídos yazcan otros restos mortales que no sean los de caídos enla Guerra Civil. Además, se establece el procedimiento para hacer efectivo tal acuerdo, en el que se concede a la familia un plazo de 15 días para indicar el lugar de re-inhumación.
No obstante, el Real Decreto-Ley no hace ninguna referencia a la Iglesia Católica ni a la comunidad benedictina de la Abadía de la Santa Cruz del Valle de los Caídos, que desde 1975 custodia en la Basílica los restos mortales de Francisco Franco. Tampoco al Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos, de 3 de enero de 1979, cuyo artículo 1.5 garantiza la inviolabilidad de los lugares de culto.
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